Los magistrados consideran que no es necesario aplicar un decreto real de trabajo para atribuir un fuero no reconocido en Navarra ni amparado en su derecho histórico. Parece que Navarra tiene estas competencias para reformar la Ley Orgánica de Reintegración y Mejora del Régimen Público de Navarra (Lorafna) o en plena ley orgánica del artículo 150.2 de la Constitución. (Aviso en amplificación).